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Parque Nacional Natural Yaigojé-Apaporis ¿el oro o la conservación?

Ismael Paredes*

Foto: Jorge William Sánchez
Foto: Jorge William Sánchez
Foto: Alejandro Jaramillo
Foto: Jorge William Sánchez

*Comunicador social periodista y aspirante a magíster en Ciencias Ambientales. El autor es de origen campesino; promotor y defensor de los pilares de la identidad rural campesina, especialmente enfocado al fomento de la Agricultura Familiar y el enfoque agroecológico. Durante los últimos ocho años ha trabajado en temas indígenas de derechos humanos, histórico-culturales y territoriales ambientales con comunidades indígenas y campesinas, pasando por organizaciones como ONIC, CRIC y OPIAC; actualmente está vinculado a la organización Agrosolidaria Confederación Colombia. Ha acompañado procesos como la formulación de las políticas públicas para pueblos indígenas en Bogotá D. C. y la Muestra de Cine y Video Indígena en Colombia-Daupará, que en 2016 cumple su octava versión.

En octubre de 2009, el Estado colombiano a través del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MDAS),  en respuesta a una solicitud de la Asociación de Capitanes Indígenas del Yaigojé Apaporis (ACIYA), declaró al Parque Nacional Natural Yaigoje-Apaporis como área protegida del Sistema de Parques Nacionales Naturales (bajo la Resolución 2079 de 2009); dos días después,[1] Ingeominas (institución que en esos años adjudicaba los títulos de concesión minera) le otorgó a la empresa Cosigo Resources[2] una concesión para explotar oro en la región que, además de estar dentro del territorio del recién creado Parque Natural, comprendía sitios sagrados para los indígenas que habitan la zona concesionada. Pero no todas las comunidades indígenas de la región estuvieron de acuerdo con la figura de Parque Natural como mecanismo de protección, y al plantear sus desacuerdos fueron puestas en el ojo del huracán por la «gran prensa» en anuencia con la entidad Parques Naturales y una ONG ambiental que las consideraron, al comienzo, como el obstáculo para la concreción de la zona de reserva. De esta historia da cuenta este artículo y analiza la compleja contraposición de la explotación minera versus la conservación de la biodiversidad.

El proyecto de la constitución de la figura de parque natural de una vasta zona del territorio del Yaigoje-Apaporis en el Vaupés suscitó, al principio, una intensa polémica entre quienes estaban a favor de conformar la figura de Parque Nacional Natural como área protegida y quienes se oponían a ello, argumentado la vulneración de sus derechos, de su cultura, su integridad y su autonomía, y además entre quienes terciaban a favor de una u otra posición, como algunos medios comerciales de comunicación que, desde octubre de 2009, hasta mediados de 2010 con mayor intensidad (incluso hasta 2014, cuando intervino la Corte Constitucional), difundieron con habitual «rigor» (inclusive con saña, como se verá más adelante) la situación del PNN Yaigoje y la mostraban como una particular contienda entre el Estado colombiano y una de las poderosas empresas mineras por el control y/o la «protección» de más de un millón de hectáreas del territorio selvático que se traslapa con el resguardo indígena Yaigoje-Apaporis.

Además, los medios (mass media) mostraban a las comunidades indígenas de Taraira que se oponían a la declaración del Parque como grupo «adverso» a los intereses de la institucionalidad del Estado, desconociendo sus peticiones y todo el contexto de derecho fundamental a la consulta previa que debe garantizar a los pueblos indígenas el Estado colombiano, como miembro de la Organización Internacional del Trabajo, que establece la consulta previa como mecanismo vinculante del derecho internacional.   

La entidad que protagonizó la pugna frente a la empresa minera Cosigo Resources fue la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia (UAESPNN) del Minambiente; por su puesto, jugaban otros intereses (tanto políticos, como de manejo y control del área  de reserva) más allá de la protección territorial o su «propósito» de amparar los derechos de los pueblos indígenas como obligación constitucional. Cosigo Resources hacía lo propio para favorecer su interés económico y expansivo. Pero en esta coyuntura, las comunidades indígenas quedaron atrapadas en medio de la reñida disputa entre los actores mencionados, que buscaban el control del territorio y/o usufructuar las riquezas; así como ha ocurrido históricamente, agentes externos a la cultura, a la causa, a la cosmovisión y la vida de los indios se reparten sus tierras[3] y usan a las comunidades para favorecer sus propios intereses.

 

La creación del Yaigoje 

 

Las comunidades que históricamente han padecido el abandono del Estado y la carencia de oportunidades, veían en la minería una oportunidad para superar sus problemáticas; pero no  hubo en su pretensión mala intención ni oposición al proceso de conformación del Parque; les asistía su derecho a disentir y a exigir el proceso de consulta previa.

El Parque Natural Yaigoje-Apaporis se conformó mediante la Resolución 2079 del 27 de octubre de 2009 del Minambiente. El Yaigoje-Apaporis tiene una extensión aproximada de 1.056.023 hectáreas; está localizado en la selva amazónica colombiana (departamentos del Vaupés y Amazonas) sobre la cuenca baja del río Apaporis, entre los corregimientos del río Mirití-Paraná, la Victoria, La Pedrera, Amazonas, y el municipio de Taraira. El área protegida se constituyó sobre el resguardo indígena Yaigoje-Apaporis; territorio colectivo perteneciente, entre otros, a los pueblos Makuna, Tanimuka, Letuama, Yauna, Cabiyari, Barazano y Jujup-macu que forman el complejo cultural del Vaupés, los cuales se caracterizan, entre otros factores, por compartir el ritual del Yuruparí y un territorio ancestral.[4]

Este territorio tiene un gran acervo cosmogónico e, igualmente, una inmensa riqueza de recursos naturales, mineros y de biodiversidad, lo que hace la situación más compleja. Para estos pueblos –que se conocen como pueblos del Yuruparí– el territorio representa una enorme maloca (Haho Wii), insertada, a su vez, dentro de una maloca más grande que es el cosmos; así, este sistema orgánico de conocimientos contiene toda la sabiduría para el manejo del territorio y la vida, el cual se utiliza en beneficio de la naturaleza y del ser humano para que este viva bien y se desarrolle espiritualmente.[5]

En materia de biodiversidad, según los inventarios preliminares de la UAESPNN, el Yaigoje Apaporis tiene una inmensa riqueza biológica: 683 especies de plantas vasculares (33 de ellas endémicas); 362 especies de aves; 79 de reptiles; 73 de anfibios; 201 de peces; unas 400 especies de mariposas, y diversidad de mamíferos (el oso hormiguero gigante, el mono cotudo, el lobo de agua, el tigrillo, el jaguar, el puma, la danta, entre otros).

Pero no es la riqueza natural ni la biodiversidad ni la importancia como ecosistema regulador del agua y del clima lo que pone a la Amazonía como foco de atención en los niveles regional o global, sino su valor como reservorio de minerales de importancia mundial como el oro o el coltán, así como lo señala un informe de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.[6] Para Taraira la situación no es menos favorable; la investigadora Diana Mendoza indica que, en 2012, Ingeominas contaba en su haber con unas 12.344,83 hectáreas listas para explotar oro a través de tres títulos en la región del Taraira, con el agravante que estas estaban en áreas de la Reserva Forestal Amazonia y, a su vez, en territorios ancestrales ocupados por pueblos indígenas.[7]

En este sentido surgió el propósito conformar el PNN Yaigoje-Apaporis como área protegida para proteger y conservar la biodiversidad y los bienes materiales e inmateriales culturales de los pueblos indígenas que allí habitan, y, con base en ello, asegurar también la gobernanza, la gobernabilidad y la conservación integral de los sistemas de vida, sin menoscabar los derechos de estos pueblos a su autonomía ni al manejo cultural que tradicionalmente han hecho del territorio.[8] Al respecto, la UAESPNN debe coordinar con las autoridades indígenas la función pública de la conservación y del ordenamiento ambiental del área protegida traslapada con los resguardos y territorios indígenas[9], así como proteger la diversidad étnica y cultural asociada a la conservación.

Actualmente, según lo indica Gonzalo Macuna, dirigente de ACIYA, se construye el Régimen Especial de Manejo, como establece la normatividad nacional al respecto,[10] cuando un área protegida como Parques Naturales se traslapa con un resguardo indígena. En este marco, mediante un convenio interinstitucional, la entidad de PNN y la organización ACIYA adelantan el proceso de sistematización del documento de formulación del Régimen, que incluye un proceso concertado de investigación en temas como la Chagra, Planes de Vida y la concepción y el manejo ecológico- cosmológico de los pueblos que habitan la región, y que dará como resultado los insumos para el contenido del régimen Especial de Manejo y un calendario eco-cosmológico como una apuesta de estos pueblos por fortalecer su cultura y la permanencia territorial de sus habitantes.  

La pugna entre comunidades, arrecia la disquisición mediática

No obstante lo que hemos expuesto, cabe destacar que la letra menuda contenida en los documentos de la conformación del Parque Yaigoje-Apaporis, para algunas comunidades indígenas de Taraira los objetivos planteados no se han cumplido hasta la fecha y señalan, entre otras cuestiones, que convertir su territorio en área protegida les ha limitado las actividades cotidianas de subsistencia como la caza, la pesca o la labor de la chagra y restringe el acceso a los sitios sagrados de gran significado para las comunidades; así lo expresa Benigno Perilla,[11] un líder legendario de este relato que comienza en junio de 2008, cuando la UAESPNN y ACIYA suscribieron un convenio de cooperación[12] para optimizar y aunar esfuerzos técnicos, administrativos y logísticos, proceso que llevaría a la declaratoria del Yaigoje como área protegida dentro del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

El informe de 2010 que entregó la UAESPNN, respecto a la conformación del Yaigoje, menciona una serie de actividades y espacios de socialización y consulta previa, realizados en escenarios como algunos recorridos por las comunidades, asambleas y los congresos de ACIYA durante 2008 y 2009, que protocolizaron el proceso de consulta e implicaron el análisis y definición de los puntos neurálgicos para la conformación de la figura de protección, como la delimitación, las categorías de manejo, los objetivos de conservación y gestión y los criterios para crear e implementar un régimen especial de manejo entre la autoridad ambiental y la autoridad pública indígena.

No obstante, este proceso muy justificado por la entidad Parques Naturales Nacionales y elogiado por la parafernalia mediática, dejó insatisfechas a las doce comunidades del municipio de Tararia, agrupadas en la Asociación de Capitanes Indígenas de Taraira-Vaupés (ACITAVA), que no solo se sintieron excluidas sino vulneradas en sus derechos, en su autonomía y su integridad y, por tanto, demandaron el proceso de constitución del PNN Yaigoje-Apaporis; contienda que se alargaría casi cinco años hasta que se limaron las asperezas entre las partes y se reiteró la creación del área protegida tras una visita de algunos magistrados de la Corte Constitucional al Vaupés.[13]  

Sin embargo, en un proceso simultáneo al jurídico y al de acercamiento institucional, otros actores con intereses en el escenario político lograron abrir una brecha entre las organizaciones citadas y, por ende, entre sus comunidades de base. Por un lado, se atrincheraron Parques Naturales, ACIYA y la Fundación GAIA-Amazonas, que habría de convertirse en defensor a ultranza del proceso de constitución del Parque, mientras que del lado de los «opositores» –como ladrarían los medios– estaban las doce comunidades de Taraira al amparo de su organización ACITAVA que se veían indefensos y aplanados por lo que denominaron el poderío de PNN (que contó con la infraestructura institucional y los recursos públicos del Estado), el cual estaba alineado con los mass media y la ONG GAIA. De manera que a las comunidades indígenas disidentes de Taraira solo les quedó buscar apoyo en la sociedad civil y en los altos tribunales judiciales.

Tuve la oportunidad de hacerle seguimiento al caso desde sus inicios y escribí cuando ACITAVA, en cabeza de su presidente Nelsón Restrepo, su vocero Benigno Perilla y un grupo de mayores fueron a Bogotá para pedir garantías al proceso de constitución del parque que rodea el río Apaporis y se veía el mal ambiente que querían darle al manejo informativo diferentes medios de comunicación como El Tiempo, El Espectador, La Silla Vacía, Revista Semana, entre otros[14].

Los dirigentes de ACITAVA y sus comunidades tuvieron que encarar el temerario juicio mediático; un grupo de «influyentes» periodistas se alinearon al mejor postor y no repararon en las razones de estas comunidades, desconociendo que su reclamo por la vulneración de sus derechos era legítimo y valido, así como lo reconoció la Corte Constitucional en su fallo definitivo respecto al caso: «esta Corporación ha sostenido el carácter fundamental del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas y tribales y, en ese sentido, ha establecido que las comunidades étnicas tienen el derecho a que, de manera previa a su adopción, les sean consultadas las medidas legislativas y administrativas que pueden afectarlas»[15]. El alto tribunal reiteró la obligación de garantizar a los pueblos indígenas la autonomía frente a los asuntos que les conciernen, y asegurar que las actuaciones del Estado que puedan afectarlas no se adelanten si les ocasionan desmedro a su integridad cultural, social y económica.

Pero «en río revuelto, ganancia de pescadores» (como dirían con mucha sabiduría los campesinos andinos), y es ahí que la empresa Cosigo Resources juega sus cartas y presenta a las comunidades de Taraira un modelo de minería en armonía con el ambiente y la tradición ancestral, que además se haría con la activa participación de las comunidades. Para esa fecha, la compañía juega tretas como utilizar varias denominaciones y pasa a llamarse Cosigo Frontier Mining Corporation.[16] El líder del Vaupés, Benigno Perilla[C1] , cuenta cómo la compañía abusó de la buena fe de las comunidades. La empresa ofreció una serie de garantías económicas y mejorar las condiciones de vida, convenio que no solo no cumplió, sino que mintió sobre algunos de los lugares de explotación (incluyó en su mapa sitios sagrados de gran importancia para las comunidades como el chorro La Libertad, que aún tiene entre miras) y, en ultimas, también quiso entrometerse en su autonomía al querer modificar los planes de vida de las comunidades para acomodarlos a la minería; pero con ello, concluye Perilla, lo que logra es que las comunidades despierten y rechacen de plano y para siempre la minería a gran escala en sus territorio.

Así, estas comunidades que históricamente han padecido el abandono del Estado y la carencia de oportunidades, veían en la minería una coyuntura pertinente para superar estas problemáticas y cayeron en la trampa de una compañía minera «protectora»; no obstante, en las pretensiones de las comunidades nunca hubo ni mala intención ni tampoco oposición al proceso de conformación del parque, como lo mostraron algunos periodistas de manera irrespetuosa y agresiva con la cultura, con los derechos y con la legítima opción de estas comunidades indígenas de estar en desacuerdo. Si somos sensatos en el análisis, hay que decir que cualquiera que fuera la razón de oponerse a la figura de Parque Natural en su territorio, a las comunidades de Taraira les cobija el legítimo derecho de no estar en acuerdo con las medidas que la institucionalidad del Estado proyecta para estos pueblos.

Lo que sí defendieron fue su derecho a ser consultados, ante esta decisión, sobre su territorio, y que, como no se surtió el debido proceso, solicitar que, por lo menos, esto se hiciera y que se realizará como lo establece la normatividad nacional y el derecho internacional. Esto nunca lo explicaron los mass media y las comunidades de Taraira aún tienen la sensación (con justa razón) de que en su contra se urdió y se desarrolló una infame campaña de desprestigio para aplastar su dignidad, su integridad y sus intereses, que si bien se equivocaron en el sentido de apoyar un modelo minero que les vendieron como «distinto» y sostenible (como así lo reconocieron), sí tenían, y tienen, el legítimo derecho de ser escuchadas, de ser consultadas, de ser tenidas en cuenta como sujetos históricos y, sobre todo, de disentir de las políticas, de los programas y, mucho más, de las posiciones institucionales de Estado.

No obstante, entre organizaciones y comunidades hoy las asperezas están limadas. Esto lo reconocen tanto Benigno Perilla, destacado líder de ACITAVA, como Gonzalo Macuna de ACIYA, quien celebra y manifiesta que hubo una aclaración de los malos entendidos mediante el diálogo y la intervención oportuna de los magistrados de la Sala Cuarta de Revisión de la Honorable Corte Constitucional, quienes visitaron la zona: «estamos unificados con las comunidades agrupadas en la organización ACITAVA», surgida a raíz de lo que él denomina una intención de dividir estos pueblos por parte de la empresa Cosigo, pero que Perilla también atribuye responsabilidad a la institución de Parques, a la ONG GAIA y, especialmente, a la desinformación de los medios comerciales parcializados de una parte e insolentes con la otra, como hemos visto.

El oro o la conservación 

Taraira es un pueblo de la selva, la mayoría de su población es indígena. Sus comunidades siempre han estado expuestas al exterminio cultural desde que los españoles las diezmaron con la espada y las enfermedades contagiosas durante el periodo de «conquista»; luego vendrían las misiones religiosas que entraron a evangelizarlas y les redujeron física y culturalmente; la «bonanza» colonizadora de las caucherías, para aprovechar mano de obra, y otras épocas de explotación de recursos naturales que casi las exterminan. En la actualidad, se ciernen amenazas como la explotación minera y el ecoturismo que irrespeta y destruye sus sitios sagrados y altera su orden religioso, cultural y alimenticio. Asimismo, las comunidades expresan que hoy los ambientalistas a base de engaños les usufructúan en detrimento de sus derechos y bienestar.

Menos de mil indígenas sobreviven en este municipio bañado por el río Apaporis, donde reposan las columnas de la creación como el chorro La Libertad, uno de los pilares de la gran Maloka y de la cosmovisión indígena, cuyos pueblos son los auténticos herederos y guardianes del conocimiento y la tradición del Yuruparí. No obstante, en Taraira y en el Vaupés se explotan oro y minerales como platino e ilmenita en dos modalidades a gran escala: la minería concesionada por el Estado y que causa gran deterioro ambiental, como lo señala el líder de ACITAVA, Benigno Perilla, y la minería artesanal, que es con la que las comunidades «nos ganamos el pan de cada día». Perilla reitera que hoy se ha hecho un acuerdo departamental con las dieciocho organizaciones indígenas zonales para frenar la minería empresarial a gran escala.

No obstante, explica Perilla, Cosigo Frontier Mining Corporation no escatima esfuerzos en venderle a las comunidades la idea de una minería sostenible y ambientalmente inofensiva con la naturaleza (aprovechándose de algunos jóvenes incautos); pero lo más grave del asunto es que sus ojos están clavados en su sitio sagrado en donde está el origen cosmogónico de los pueblos del Vaupés como es el Chorro La Libertad, lo cual alinea a las comunidades en un pacto de resistencia para no ceder ante un peligro inminente como la minería que amenaza este pilar de su cultura.

El líder señala que PNN también debe tomar medidas al respecto y ser claro en sus pretensiones, concertarlas con las comunidades, incluso frente al ecoturismo que también se ha convertido en otra amenaza a La Libertad, al permitir y construir cabañas que son administradas por extranjeros. Por mencionar un caso,  uno de los líderes de ACITAVA fue engañado para firmar la construcción de las cabañas (aunque lo que realmente firmó fue la lista de asistencia a una reunión), con lo que se ganó el castigo de sus autoridades. De acuerdo con la consideración de Perilla, esta intervención, en un lugar sagrado para las comunidades, descompensa y desequilibra la armonía ambiental de los pueblos indígenas con la naturaleza, con la armonía y control social, ya en algunas comunidades se empiezan a dar conflictos internos por esta situación y por la intervención de PNN que no prevé las consecuencias con sus decisiones. Si bien las cabañas con gente extraña es la parte negativa del monopolio de PNN, la positiva hay que encontrarla en el diálogo con la entidad, señala Perilla, aunque reconoce que detrás de estas decisiones están consorcios ambientales, como la ONG GAIA y otras que apenas están llegando al Vaupés.

Respecto a la fiebre del oro en el departamento del Vaupés, Mendoza[17] considera que lo que no saben los pequeños mineros es si el sueño, que empezó a materializarse en abril de 2012, servirá para colmar sus expectativas o, más bien, las de las grandes empresas como Cosigo Frontier Mining Corporation; la autora citada anteriormente indica que el derecho a la exploración y la explotación minera se concreta siempre y cuando se trancen en amistoso abrazo al menos tres órdenes jurídicos: el título minero, la licencia ambiental y el confuso consentimiento previo, libre e informado de las comunidades étnicas afectadas, cuando las haya.

Por lo anterior, hoy las comunidades se han aliado en torno a la conservación y armonía ambiental en cualquier actividad humana en relación con la naturaleza. Al respecto, la organización ACAIPI señala que todo lo que existe en la naturaleza es fundamental para garantizar la vida total de la tierra y de la vida humana; todo hace parte del Gran Sistema Vivo, las plantas, los animales y, de igual manera, los minerales:

La avidez por los recursos que simbolizan nuestra vida, genera deterioro ambiental, caos social y violencia; por eso, la minería no se puede permitir jamás en territorio del Yuruparí, esta es nuestra política, si bien sabemos que hay políticas estatales que promueven la minería y que para nuestro territorio hay varias solicitudes de ex­ploración por lo cual nos sentimos en grave peligro, pues detrás de la minería vendrían muchos problemas ambientales, sociales y culturales que terminarían por desaparecer nuestros conocimientos de vida.[18]

La organización indígena ACAIPI considera que los minerales que componen la tierra y el territorio no se deben extraer del lugar donde fueron dejados y menos para la comercialización por parte de personas ajenas al territorio, porque eso sería un atentado para nuestra propia vida;[19] en ese sentido, el conocimiento tradicional da la información necesaria para el manejo adecuado de todas las cosas que la gente tenga que utilizar y hacer mientras viva en la Tierra.

En el plano global, la SPDA plantea que las perspectivas de mediano y largo plazo de un modelo de desarrollo basado en la extracción de minerales e hidrocarburos pueden causar un fuerte impacto en la biodiversidad, teniendo en cuenta los procesos de deforestación que se están dando, la contaminación de aguas y suelos.[20] Mientras que Gudynas aduce cómo algunos factores como la industrialización y la explotación minera conllevan un grave deterioro ambiental que, además, sigue en aumento, especialmente en los países suramericanos, pues las medidas que se toman para impedirlo o compensar sus efectos son insuficientes.[21]

Para los pueblos indígenas, la declaración del Parque Yaigoje-Apaporis no constituye, en sí, una medida de preservación de la biodiversidad, ni de armonía ambiental con la naturaleza; asimismo, explotar sus minerales tampoco asegura la sostenibilidad de las comunidades. Lo único que sí puede  preservar la integridad territorial es el manejo y control que hacen los pueblos indígenas desde la cosmovisión ancestral y la Ley de Origen, especialmente el manejo y respeto espiritual y ecológico respecto a la selva y al territorio, tal como lo explica Perilla. Desde el punto de vista científico, este es el modelo de comprensión ecológica, que hace referencia a entender, desde los saberes locales, el ecosistema donde se habita y la elaboración de conocimiento ambiental colectivo.[22] El modelo de comprensión ecológica comprende una filosofía de conservación, sistema de creencias que implica principios como el respeto y la valoración a los seres de la naturaleza y hacia todas las formas de vida que contemplan el entorno inmediato.  

Al respecto, incluso la misma institucionalidad a través de Parques Naturales Nacionales reconoce que hasta hoy en Colombia la conservación ha sido apenas reactiva ante un modelo de desarrollo que degrada la naturaleza y desequilibra las relaciones sociedad-ambiente, y ha impuesto prácticas insostenibles en el uso de los recursos naturales.[23] En consecuencia, señala la entidad, debe buscarse la construcción de políticas participativas basadas en las condiciones locales y regionales, y precisa que es necesario entender la conservación de la naturaleza como una tarea de manejo antes que de aislamiento absoluto y para ello se debe generar desarrollo social y cultural, promoviendo el diálogo de saberes, mejorando las condiciones de convivencia, reconociendo y respetando las diferencias y potenciando la capacidad de trabajo conjunto para equilibrar la relación con la naturaleza y con las áreas reconocidas como cruciales para el futuro.

En este sentido, concluye Perilla se deben construir unas políticas más concretas en armonía con el ambiente que garanticen tanto la pervivencia cultural y la autonomía de las comunidades, así como su sostenibilidad económica y su soberanía alimentaria y que en ello se está avanzando con la entidad de PNN, y que la figura de área protegida sería un escudo para protegerse de la minería a gran escala. Estas políticas deben redundar en beneficio de las comunidades y la institucionalidad, en este caso, Parques Naturales Nacionales, debe replantear el querer imponer estas políticas.

Las comunidades, una vez superadas las diferencias que antes dividían a las organizaciones ACIYA y ACITAVA, trabajan de forma conjunta en algunos temas para velar por la defensa territorial y así recrear y fortalecer las tradiciones y elementos identitarios clave como su lengua misma. Perilla señala que si bien la identidad cultural en Taraira se conserva en un alto porcentaje, las comunidades hablan su lengua, hacen sus rituales y conservan su cultura, también es cierto que cada vez se ven más afectadas por la intervención y aculturación occidental que crea, incluso, necesidades como los programas asistencialistas del Gobierno (Familias en Acción por ejemplo). Con base en ello, es prioritario para los pueblos empoderar las comunidades y tratar de que sigan los lineamientos de los planes de vida y el sostenimiento y el cuidado ambiental, orientando un derrotero de conservación tradicional cultural, además  de fortalecer la educación propia, promover el uso y habla de las lenguas autóctonas y exigir del gobierno y la institucionalidad la garantía de sus derechos para el desarrollo integral cultura y su autonomía, como lo establecen ACITAVA en su proyecto organizativo.

 

[1] http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-13427338

[2] Posteriormente, como se explica adelante, la empresa pasó a llamarse Cosigo Frontier Mining Corporation.

[3] D. Uribe, Historia de las independencias (Bogotá: Editorial Aguilar, 2009).

[4] UAESPNN,  Presiones por actividades mineras en el Parque Nacional Natural Yaigoje-Apaporis (Bogotá: UAESPNN, 2010).

[5] ACAIPI y Ministerio de Cultura, Plan Especial de Salvaguardia de la manifestación Hee Yaia Keti Oka, el Conocimiento Tradicional (Jaguares de Yuruparí) para el Manejo del Mundo de los grupos indígenas del río Pira Paraná (Gran Resguardo del Vaupés: ACAIPI y Ministerio de Cultura, 2010).

[6] SPDA, Las rutas del oro ilegal, estudios de caso en cinco países (Lima: SPDA, 2015).

[7] Diana Mendoza, Taraira: se abre el ojo del huracán minero en la Amazonía colombiana (Bogotá: INDEPAZ, 2012).

[8] UAESPNN,  Presiones por actividades mineras.

[9] Resolución 2079 de 2009, art. 4

[10] Decreto 622 de 1976

[11] Entrevista realizada por el autor, documento inédito, Bogotá 2015 (noviembre)

[12] UAESPNN,  Presiones por actividades mineras.

[13]Magistrados al parque: http://www.semana.com/nacion/articulo/magistrados-resuelven-tutela-de-una-minera-en-el-corazon-del-amazonas/375792-3

[14] Véase, entre otros artículos, «Apaporis: el refugio sagrado que se salvó de ser una mina» (http://www.semana.com/nacion/articulo/apaporis-el-refugio-sagrado-que-se-salvo-de-ser-una-mina/441331-3), «Gobierno declaró parque Yaigojé-Apaporis, pero abrió boquetes legales» (http://www.elespectador.com/noticias/nacional/yaigoje-apaporis-articulo-275132), «Un parque por una mina» ( http://www.semana.com/especiales/parque-apaporis-mina/), «Gobierno, dividido por título minero en Apaporis» ( http://www.elespectador.com/noticias/medio-ambiente/gobierno-dividido-titulo-minero-apaporis-articulo-439932) y «La Corte falla contra minera que quería tumbar el parque amazónico» (http://lasillavacia.com/queridodiario/la-corte-falla-contra-minera-que-queria-tumbar-el-parque-amazonico-51325).

[15] Sentencia T-384A/14

[16] Sentencia T-384A/14

[17] Mendoza, Taraira.

[18] ACAIPI y Ministerio de Cultura, Plan Especial.

[19] ACAIPI y Ministerio de Cultura, Plan Especial.

[20] SPDA, Las rutas del oro ilegal.

[21] Eduardo, Gudynas, «Los derechos de la Naturaleza en serio», en La Naturaleza con derechos, de la filosofía a la política, compilado por A. Acosta y E. Martínez (Quito: Ediciones Abya Yala, Universidad Politécnica Salesiana, 2011).

[22] F. Berkes y N. Turner, «Conocimiento, aprendizaje y la flexibilidad de los sistemas sociológicos», Gaceta ecológica 77 (2005): 5-17.

[23] UAESPNN,  Política de participación social en la conservación (Bogotá: UAESPNN, 2001)

Bibliografía 

ACAIPI (Asociación de Capitanes y Autoridades Tradicionales Indígenas del Río Pira Paraná) y Ministerio de Cultura de Colombia. 2010. Plan Especial de Salvaguardia de la manifestación Hee Yaia Keti Oka, el Conocimiento Tradicional (Jaguares de Yuruparí) para el Manejo del Mundo de los grupos indígenas del río Pira Paraná. Gran Resguardo del Vaupés, Amazonia colombiana: Ministerio de Cultura, 2010.

Berkes, F., y N. Turner. 2005. «Conocimiento, aprendizaje y la flexibilidad de los sistemas sociológicos». Gaceta ecológica 77 (2005): 5-17.

Corte Constitucional. Sentencia T-384ª. Consulta previa en explotación de recursos naturales en territorio indígena. Orden de suspensión inmediata de cualquier actividad de exploración y explotación minera. Bogotá, Colombia, 2014.

Gudynas, Eduardo. «Los derechos de la Naturaleza en serio». En La Naturaleza con derechos, de la filosofía a la política, compilado por A. Acosta y E. Martínez, 239- 285. Quito: Ediciones Abya Yala, Universidad Politécnica Salesiana, 2011.

Mendoza, Diana. Taraira: se abre el ojo del huracán minero en la Amazonía colombiana. Bogotá: INDEPAZ, 2012.

MAVDT (Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial). Resolución 2079, por medio de la cual se declara, reserva, delimita y alindera el Parque Nacional Natural Yaigoje Apaporis. Colombia, 2009.

Perilla, Benigno. Entrevista realizada por el autor. Documento inédito. Bogotá 2015 (noviembre).

SPDA (Sociedad Peruana de Derecho Ambiental). Las rutas del oro ilegal, estudios de caso en cinco países. Lima: SPDA, 2015.

UAESPNN (Unidad Administrativa Especial Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia). Política de participación social en la conservación. Bogotá, Colombia, 2001.

UAESPNN (Unidad Administrativa Especial Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia- Dirección Territorial Amazonia- Orinoquia). 2010. Presiones por actividades mineras en el Parque Nacional Natural Yaigoje-Apaporis. Bogotá, Colombia: UAESPNN, 2010.

Uribe, D. Historia de las independencias. Bogotá: Editorial Aguilar, 2009.

 


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